INSTRUCTIVO PARA EL PROCESO DE INSCRIPCIONES
PROGRAMAS DE PREGRADO

PRIMER PERÍODO ACADÉMICO DEL 2024

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Cupos Especiales

Sede Aduanilla de Paiba  

ASIGNACIÓN DE CUPOS ESPECIALES
(Acuerdo 018 de Abril 27 de 2011 del Consejo Académico)

A) Comunidades Indígenas,expedida por el gobernador de la comunidad y o resguardo, quien deberá estar debidamente reconocido o registrado ante el ministerio del interior, coordinación del grupo de investigación, registro y sistema de información de la dirección.

B) Comunidades Negras Certificadas por el Ministerio del Interior. Aspiración Certificada por la Coordinación o Dirección General para Minoria Étnica y culturales del Ministerio del Interior.

C) Beneficiarios de la ley 1084 de 2006 Aspirantes que provengan de municipios con problemas de orden público o difícil acceso, aspiraciones certificadas por la autoridad muncipal correspondiente; aspirantes que provengan de departamentos donde no existan Instituciones de Educación Superior, aspiración certificada por el Ministerio de Educación .

D) Beneficiarios de la ley 1081 de 2006 Población beneficiaria de los Heroes de la Nación de los estratos uno, dos y tres, aspiración certificada por el Consejo de Veteranos de la Fuerza Pública y Héroes de la Nación.

E) Mejor Bachiller de los Colegios Públicos del Distrito Capital del año 2013, certificado por la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Bogotá, a través de la dirección local de educación y de la Rectoría de donde es egresado el aspirante.

F) Desplazado Víctima del Conflicto Armado,, procedimiento a seguir:

  1. Acreditados por la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación. Para dicho procedimiento los aspirantes deben presentarse en alguno de los siguientes Centros de Atención Integral para las Víctimas “Dignificarâ€, a fin de realizar los trámites correspondientes para su acreditación ante la Universidad Distrital:
  2. DIGNIFICAR CIUDAD BOLÍVAR: Calle 17 F No. 69 A 32 sur. Lucero Bajo
    DIGNIFICAR BOSA: Carrera 92 No. 71 – 21 sur. Centro Hábitat Metrovivienda
    DIGNIFICAR KENNEDY: Calle 37 sur No. 72 L 77. Barrio Carvajal
    DIGNIFICAR PUENTE ARANDA: Carrera 36 No. 19 – 47. Barrio Cundinamarca
    DIGNIFICAR URIBE URIBE: Calle 22 sur No. 14 A 99
    DIGNIFICAR SUBA: CADE Transversal 126 No 133 – 32
    DIGNIFICAR TERMINAL: Terminal de Transportes de Bogotá. Módulo 5. Oficina 108
  3. Realizar la inscripción a través de Internet, diligenciando la casilla en el formulario de inscripción que especifica la inscripción de población desplazada víctima del conflicto armado.
  4. Una vez finalizado el proceso de inscripción la Universidad envía los datos a la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, de la Alcaldía Mayor de Bogotá, para certificar que dichos aspirantes se encuentran en el Registro Único de Víctimas, creado mediante la Ley 1448 y que reemplazó al Sipod.
  5. La Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, reenvía la base de datos con la información de aquellos quienes efectivamente se encuentran en el Registro Único de Víctimas.
  6. El aspirante revisa el resultado de su inscripción a través de Internet el día 24 de noviembre de 2013.

La entrega de los soportes de las inscripciones especiales, se hará el siguiente día hábil posterior a la realización de la inscripción, en la carrera 8 No 40-62 Edificio Sabio Caldas, Primer Piso, Oficina de Admisiones.

LEGALIZACIÓN DE LAS INSCRIPCIONES ESPECIALES

A) Dos hojas del comprobante de inscripción impresas de Internet.
B) Certificado de la condición de inscripción especial.
C) Certificado de localidad de residencia del aspirante, expedido por la alcaldía Local o Junta de Acción Comunal.
D) Certificado expedido por el Colegio donde terminó o está cursando estudios de bachillerato, en el cual se indique la localidad en la que está ubicado y el valor mensual de la pensión pagada por el estudiante. En el caso de haber validado el estudio de educación media, la Universidad tendrá en cuenta el costo de la prueba de validación (Art. 3 Acuerdo 004 de enero 25 de 2006 del CSU).
E) Certificado de estrato socioeconómico de residencia de quien costeará los estudios, expedido por Planeación Distrital (Supercades). Pasos para obtener el certificado en línea.
F) Declaración de Renta o Certificado de Ingresos y Retenciones de quien costeará los estudios. Este certificado debe ser expedido en formato de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En caso de trabajadores independientes o familiares no declarantes debe presentarse certificado de no contribuyente, se sugiere el siguiente formato (haga click aquí para ver el formato).


Nota: Para realizar la inscripción por las anteriores modalidades, el aspirante debe cumplir con el puntaje mínimo de inscripción y los demás requisitos establecidos por la Facultad a la cual está adscrito el Proyecto Curricular.

En el evento que una inscripción especial, no anexe los soportes respectivos se considerara como una inscripción normal y no tendrá los beneficios de una inscripción especial.

El Consejo Académico, asignó por cada cuarenta (40) aspirantes admitidos regularmente o fracción, los siguientes cupos, excepto los beneficiarios de la ley 1084 de 2006 a los cuales se les asignaran un solo cupo por cohorte que se abra en cada périodo Académico, los cuales se distribuyen así:

  • Dos (2) por Comunidades Negras.
  • Uno (1) por Desplazados Víctimas del Conflicto Armado.
  • Dos (2) por Comunidades Indígenas.
  • Uno (1) para Mejor Bachiller de los Colegios Públicos del Distrito Capital del año 2013.
  • Uno (1) para Beneficiarios de la ley 1081 del 2006.

Los cuales serán adicionales al total de cupos asignados regularmente a cada Proyecto Curricular por parte del Consejo Académico.

Los cupos para estas modalidades se asignarán en estricto orden descendente del puntaje del exámen de estado ICFES o SABER 11, luego de ser valorada la totalidad de requisitos exigidos por la Facultad donde se encuentra la carrera a la que se aspira.

Nota: La presentación de la certificación no da derecho automático al cupo.